¿Lo despidieron sin causa, sin aviso por escrito o lo presionaron para renunciar? Responda siete preguntas sobre cómo terminó su trabajo, su salario y su antigüedad, y vea al momento una estimación de cuánto podría recuperar por despido injustificado. Después, un abogado de Castro Defense revisa su caso y le dice qué plazo corre. Atendemos en línea a trabajadoras y trabajadores de todo México. Sin anticipo: cobramos solo si recuperamos.
Evaluación de caso · 3 min
Paso 1 de 8
Sin anticipo: cobramos solo si recuperamos. Honorarios: un porcentaje de lo recuperado, según la complejidad del caso.
Este contenido es informativo y no constituye asesoría legal para un caso concreto. El resultado de un procedimiento depende de los hechos, las pruebas y la decisión de la autoridad; Castro Defense no garantiza resultados.
¿Cuánto dinero puede recuperar si lo despidieron sin causa?
Si el patrón no puede probar una causa justificada, la Ley Federal del Trabajo (LFT) le permite reclamar:
- Reinstalación o indemnización de tres meses de salario, a su elección (art. 48).
- Salarios vencidos desde el despido y hasta por 12 meses (art. 48).
- Prima de antigüedad de 12 días de salario por año de servicios (art. 162).
- Partes proporcionales de aguinaldo, vacaciones y prima vacacional (arts. 76, 80 y 87), y otras prestaciones pendientes.
Ejemplo: con un salario de $12,000 al mes y tres años y medio de antigüedad, la indemnización de tres meses sería de $36,000; la prima de antigüedad, de unos $16,800, y el aguinaldo, las vacaciones y la prima vacacional proporcionales, de unos $8,500. En total, alrededor de $61,300, más salarios vencidos de hasta $144,000 si el patrón no prueba la causa.
El monto real depende de su salario integrado, de lo que ya le hayan pagado, de las pruebas y de lo que resuelva la autoridad; por eso la evaluación le pide sus datos y un abogado revisa su caso. Conozca más en nuestra página sobre despido injustificado, indemnización y plazos.
¿Cuánto tiempo tiene para reclamar?
Dos meses, contados desde el día siguiente al despido (art. 518). El plazo se suspende al presentar la solicitud de conciliación, que es obligatoria antes de demandar (arts. 518 y 684-B). Si no le entregaron personalmente el aviso escrito de despido, el plazo no empieza a correr hasta que lo reciba (art. 47).
¿Cómo funciona la evaluación?
- Responde las preguntas. Unos tres minutos, desde su celular o computadora.
- Un abogado revisa su caso. Le responde dentro de las 48 horas naturales siguientes; en asuntos urgentes, antes.
- Usted decide. Si quiere avanzar, firma el contrato en línea. La audiencia de conciliación es en persona, y puede ir acompañado por su abogado (art. 684-E).
Si trabajó en una tienda de autoservicio o una cadena comercial, vea también nuestra página para trabajadores de tiendas de autoservicio. Conozca las demás áreas de nuestra defensa legal.
Este contenido es informativo y no constituye asesoría legal para un caso concreto. El resultado de un procedimiento depende de los hechos, las pruebas y la decisión de la autoridad; Castro Defense no garantiza resultados.
Fuentes oficiales
- Ley Federal del Trabajo, arts. 33, 47, 48, 51, 52, 76, 80, 87, 162, 516, 518, 521, 684-B, 684-E y 784. Cámara de Diputados (última reforma DOF 14 de mayo de 2026).
- Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral. Gobierno de México.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto me corresponde por despido injustificado?
Depende de su salario y su antigüedad. Por regla general: una indemnización de tres meses de salario (Ley Federal del Trabajo, art. 48), una prima de antigüedad de 12 días de salario por año con el tope del doble del salario mínimo (arts. 162 y 486) y las partes proporcionales de aguinaldo, vacaciones y prima vacacional (arts. 79, 80 y 87). Además, salarios vencidos hasta por 12 meses si el patrón no prueba la causa del despido (art. 48). La evaluación le muestra una estimación con sus propios datos.
¿Cuánto tarda la evaluación?
Unos tres minutos. Responde siete preguntas sobre cómo terminó su trabajo, su salario y su antigüedad, y deja sus datos de contacto. Un abogado revisa sus respuestas y, dentro de las 48 horas naturales siguientes, le dice qué podría reclamar y qué plazo corre.
¿Por qué me piden mi salario?
Porque la indemnización, los salarios vencidos y la prima de antigüedad se calculan con su salario y su antigüedad (Ley Federal del Trabajo, arts. 48 y 162). Un aproximado basta. Sus datos patrimoniales se tratan con su consentimiento expreso, conforme a nuestro aviso de privacidad.
¿Tengo que pagar para que revisen mi caso?
No. No pedimos pagos por adelantado: cobramos solo si recuperamos. Los honorarios son un porcentaje de lo que efectivamente se recupere, fijado según la complejidad del caso, y usted cubre los gastos asociados, como peritajes. Las condiciones exactas se fijan por escrito en el contrato antes de empezar.
¿Qué pasa si ya pasaron más de dos meses?
El plazo para reclamar un despido es de dos meses desde el día siguiente a la separación (Ley Federal del Trabajo, art. 518). Pero si no le entregaron personalmente el aviso escrito de despido, la prescripción no empieza a correr hasta que lo reciba (art. 47), y prestaciones como salarios pendientes o aguinaldo tienen un plazo de un año (art. 516). Un abogado debe revisar sus fechas.
No tengo recibos de nómina. ¿Puedo reclamar?
Sí. Cuando hay controversia, corresponde al patrón probar, entre otros hechos, la fecha de ingreso, la antigüedad, el monto del salario y la causa del despido (Ley Federal del Trabajo, art. 784). Mensajes, transferencias y testigos también ayudan.