Entrenamiento de drones

Capacitación de pilotos de drones para particulares, profesionales y equipos de seguridad, con base en la NOM-107-SCT3-2019.

El entrenamiento de drones de Castro Defense prepara a pilotos nuevos, profesionales y equipos de trabajo —incluidos equipos de seguridad— para operar sistemas de aeronaves pilotadas a distancia (RPAS, por sus siglas en inglés) con seguridad y dentro de las reglas de la Agencia Federal de Aviación Civil (AFAC). Atendemos a clientes de todo México.

  • Cursos disponibles: nombre, duración, horas de vuelo y temario de cada curso
  • Lugar de las prácticas: dónde se imparte la capacitación
  • Precio: precio público o solicitud de cotización

¿Qué exige la regulación para volar un dron en México?

La norma principal es la NOM-107-SCT3-2019, publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 14 de noviembre de 2019, que la AFAC aplica a todos los RPAS. Clasifica los drones por su peso máximo de despegue y por su uso:

Categoría Peso máximo de despegue Usos que distingue la norma
RPAS micro Hasta 2 kg Recreativo, privado no comercial o comercial
RPAS pequeño Más de 2 kg y hasta 25 kg Recreativo, privado no comercial o comercial
RPAS grande Más de 25 kg Recreativo, privado no comercial o comercial

Entre las reglas generales de operación destacan:

  • Registrar ante la autoridad los drones de más de 250 g antes de operarlos.
  • Volar a una altura máxima de 122 m (400 ft), que baja a 100 m entre los 9.2 km y los 18.5 km alrededor de los aeródromos listados en la norma.
  • Mantener una separación mínima de 9.2 km (5 millas náuticas) de cualquier aeródromo y de 0.9 km de cualquier helipuerto.
  • Volar a línea de vista y entre la salida y la puesta del sol; los vuelos nocturnos y otras operaciones especiales requieren autorización de la AFAC.
  • No volar sobre personas ajenas a la operación, salvo las excepciones de la norma, ni en áreas prohibidas, restringidas o peligrosas.
  • No usar el dron para transportar mercancías peligrosas, armas o explosivos, ni operar más de un dron a la vez.

En uso privado no comercial o comercial se suman requisitos, como una póliza de seguro de responsabilidad civil por daños a terceros y, para los drones pequeños, una autorización de operación emitida por la AFAC. El operador también responde por el uso que dé a la información que obtiene durante el vuelo.

Autorización de piloto y licencia

Para operar un dron pequeño en uso privado no comercial o comercial, la norma exige una autorización de piloto; para un dron grande, una licencia. Entre los requisitos de la autorización de piloto están: tener al menos 18 años, contar con una constancia de aptitud psicofísica, aprobar los exámenes teórico-prácticos de la autoridad, presentar el certificado de un centro de instrucción reconocido por la AFAC y acreditar un mínimo de horas de vuelo en bitácora, parte de ellas con un instructor autorizado. La autorización tiene una vigencia de tres años.

¿Qué incluye el entrenamiento?

Un programa sólido cubre, como mínimo, los temas que la NOM-107 establece para la formación de pilotos: reglamentación aérea, servicios de tránsito aéreo, sistemas del RPAS, procedimientos operacionales, navegación e interpretación de mapas, meteorología, factores humanos, seguridad aérea y gestión de riesgos, inspección de prevuelo, manejo de baterías, simulador y práctica de vuelo.

Contenido de los cursos de Castro Defense: temario, horas de teoría y de vuelo, y material que recibe el alumno.

Constancia que se entrega: constancia o diploma, y si Castro Defense es centro de instrucción reconocido por la AFAC o trabaja con uno.

Instructores: licencia de la AFAC, estatus de instructor y horas de vuelo.

¿Cómo funciona el entrenamiento de drones?

  1. Diagnóstico. Revisamos su experiencia, el tipo y peso de su dron y el uso que le dará: recreativo, profesional o de seguridad.
  2. Plan de capacitación. Le indicamos qué curso corresponde y qué requisitos de la AFAC aplican a su caso.
  3. Teoría. Reglamentación, espacio aéreo, meteorología, planeación del vuelo y gestión de riesgos.
  4. Práctica de vuelo. Maniobras, procedimientos de emergencia e inspección de prevuelo, en un área adecuada y con los permisos necesarios.
  5. Evaluación. Se valida lo aprendido antes de entregar la constancia que corresponda.
  6. Orientación sobre sus trámites. Le explicamos qué registro, seguro o autorización debe gestionar ante la AFAC según su categoría y uso.

Drones, seguridad y evidencia

Las organizaciones que operan drones para vigilar instalaciones suelen enfrentar también el problema contrario: drones no autorizados sobre su perímetro. Si ese es su caso, conozca los sistemas antidrones que Castro Defense ofrece a dependencias y usuarios con autorización legal.

Las imágenes y los registros de vuelo de un dron también pueden convertirse en evidencia. Si necesita analizarlos con cadena de custodia, consulte el peritaje informático forense.

La capacitación no sustituye el registro, las autorizaciones ni las licencias que emite la AFAC.

Fuentes oficiales

Preguntas frecuentes

¿Necesito licencia para volar un dron en México?

Depende del peso y del uso. La NOM-107-SCT3-2019 exige una autorización de piloto para operar drones de más de 2 kg y hasta 25 kg en uso privado no comercial o comercial, y una licencia de piloto para los de más de 25 kg. Los drones de hasta 2 kg no requieren esa autorización, pero sí registro si pesan más de 250 g y, en uso privado no comercial o comercial, un seguro de responsabilidad civil.

¿Tengo que registrar mi dron ante la AFAC?

Sí, si su peso máximo de despegue es mayor a 250 g. La NOM-107-SCT3-2019 exige obtener el folio de registro del dron antes de operarlo y llevar una copia en la estación de control durante el vuelo.

¿A qué altura puedo volar un dron?

La altura máxima general es de 122 m (400 ft). Entre los 9.2 km y los 18.5 km alrededor de los aeródromos listados en la norma, el máximo baja a 100 m. Además, en las categorías micro y pequeño el dron no debe alejarse más de 457 m en horizontal respecto del piloto.

¿Puedo volar un dron cerca de un aeropuerto?

No dentro de los 9.2 km (5 millas náuticas) de cualquier aeródromo ni de los 0.9 km de cualquier helipuerto. Tampoco puede volarse en áreas prohibidas, restringidas o peligrosas, y antes de cada vuelo deben revisarse los avisos (NOTAM) que activan restricciones temporales.

¿Un curso de drones me da la autorización o la licencia de la AFAC?

No. La autorización y la licencia las emite únicamente la AFAC. Para la autorización de piloto de drones pequeños, la norma pide, entre otros requisitos, aprobar los exámenes de la autoridad, acreditar horas de vuelo y presentar el certificado de un centro de instrucción reconocido por la AFAC. Pregúntenos qué alcance tiene el curso que le interesa.