Evalúe su caso de peritaje informático

Seis preguntas sobre su evidencia digital (WhatsApp, correo, celular, computadora, redes o CCTV), el tipo de asunto y el plazo de su audiencia.

Cuéntenos qué evidencia tiene

Seis preguntas sobre la evidencia, el asunto y el plazo para definir por dónde empezar.

Evaluación de caso · 2 min

Paso 1 de 6

Para personas, empresas y abogados en todo México. Confidencial.

¿Qué evidencia digital hay que analizar?

Marque todo lo que aplique.

¿En qué tipo de asunto se usará?

¿Qué papel tiene usted en el asunto?

¿Hay una audiencia o un plazo próximo?

¿Quién tiene hoy el dispositivo o la cuenta?

¿Dónde le contactamos?

Revisaremos los hechos, el procedimiento y el plazo que nos indicó.

Castro Defense es responsable del tratamiento de los datos que nos proporcione. Los usamos para atender su solicitud y darle seguimiento; no los compartimos con terceros sin su consentimiento, salvo obligación legal. Conozca sus derechos y el aviso integral en: aviso de privacidad.

Este contenido es informativo y no constituye asesoría legal para un caso concreto. El resultado de un procedimiento depende de los hechos, las pruebas y la decisión de la autoridad; Castro Defense no garantiza resultados.

Preguntas frecuentes

¿Una captura de pantalla de WhatsApp sirve como prueba?

Puede ofrecerse, pero por sí sola es fácil de cuestionar, porque no demuestra de dónde salió ni si fue alterada. Un peritaje sobre el dispositivo o la conversación original permite documentar su origen, su integridad y su contexto.

¿Qué hago con el celular o la computadora mientras tanto?

No borre, edite ni reenvíe los mensajes o archivos; en lo posible deje de usar el dispositivo, no lo restablezca ni lo lleve a reparar, y anote quién lo ha tenido y desde cuándo.

¿Pueden ayudar si la audiencia es en pocos días?

Indíquelo en la evaluación y escríbanos también por WhatsApp. El tiempo de un dictamen depende del tipo de evidencia y del análisis, por lo que no podemos asegurar una fecha antes de revisar el caso.

¿Puedo contratar un perito si la Fiscalía ya tiene el suyo?

Sí. Las partes pueden ofrecer prueba pericial, y cuando un análisis no podrá repetirse debe notificarse a la defensa para que su perito lo presencie o lo practique de forma conjunta (Código Nacional de Procedimientos Penales, art. 274).